El derecho civil
Las reglas que rigen las relaciones de los individuos entre sí constituyen el Derecho privado. El Derecho civil es la forma del Derecho privado común a todas las relaciones individuales (Derecho privado común), al margen de cualquier especialización (por lo tanto, se opone a los aspectos particulares del Derecho privado, como el Derecho mercantil, por ejemplo). Las reglas jurídicas son extremadamente numerosas y complejas, y están ligadas a la vez a las costumbres, a las necesidades del momento, a las circunstancias presentes y pasadas, etc. En este sentido, los fenómenos jurídicos se parecen a los fenómenos lingüísticos, y es de desear que, algún día, las ciencias jurídicas lleguen a conocer la misma revolución que la lingüística: el análisis estructural quizá permita una mejor comprensión de los hechos del Derecho y, sin duda, una simplificación científica de las relaciones jurídicas. La justicia medieval no tenía los escrúpulos humanitarios de la nuestra....
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