Emisoras (Puertos)
La dirección del puerto asegurará la atención continua de la emisora del puerto. • La dirección del puerto asegurará la atención continua de la emisora del puerto para atender los requerimientos y mensajes emitidos desde los barcos. Se identificará el nombre del puerto y se atenderán, en la medida de las posibilidades, los requerimientos del navegante. - Estarán establecidos procedimientos de actuación para casos de llamadas de emergencia. - En caso de emergencia se activarán los protocolos con la máxima prioridad. • El personal confirma inmediatamente la disponibilidad de amarres. - En caso de no disponibilidad informar de las alternativas próximas. • La persona encargada de la emisora, dispondrá de un talonario de notas telefónicas para transmitir mensajes a los usuarios de amarres, y en la medida de lo posible buques al alcance de la emisora del puerto. - Estas notas incluirán nombre del barco a quien va dirigido, mensaje y persona que lo requiere. Se...
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