Permuta

25/04/2019 521 Palabras

Contrato por el que se cambia (se permuta) una cosa por otra. Derecho Normalmente la permuta supone la recíproca transferencia de la propiedad de la cosa, objeto del contrato, pero puede contribuir también un derecho distinto, como cuando se presta un libro por otro libro. Es, en definitiva, un simple trueque, un intercambio de derechos. La permuta es un contrato de las características siguientes: principal, bilateral, oneroso, conmutativo y consensual. Es preciso hacer resaltar que no es un contrato real, como lo fue históricamente; y por esta razón no es un contrato traslativo de dominio, porque hace falta, además del contrato, la tradición consiguiente. La permuta es el origen del contrato de compraventa, del que sólo le separa el hecho de ser el objeto del contrato una cosa-precio. Por esto es interesante y aun decisivo estudiar este precio y la forma en que puede intervenir para compensar las diferencias de valor entre las cosas permutadas, en cuanto si, como es...

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